Reporte de Sustentabilidad 2012
Desempeño laboral
Sindicalización y participación
Â
HR5 Respetamos la legislación laboral chilena, asà como los Convenios Nº 87 sobre Libertad Sindical y Protección del Derecho de Sindicación; y Nº 98 sobre Derecho de Sindicación y Negociación Colectiva, suscritos por Chile con la Organización Internacional del Trabajo, OIT.
HR6/ HR7 Además, contamos con un Código de Conducta de Negocios que establece, entre otros aspectos, que los trabajadores de la Corporación deben respetar todas las normas legales, tanto nacionales como internacionales, que regulen o digan relación con la prohibición de utilizar mano de obra forzada o coercitiva, o la explotación del trabajo infantil, adhiriendo a los principios establecidos en la Convención de los Derechos del Niño de las Naciones Unidas y el Convenio 138 de la Organización Internacional del Trabajo.