Nota 04 Saldos y transacciones con entidades relacionadas
Los saldos por cobrar y por pagar a empresas relacionadas se presentan
en el balance general.
a) Operaciones relacionadas a través de personas
El Directorio de Codelco Chile ha establecido la política por la que deben regirse los negocios de personas y empresas relacionadas con el personal de la Corporación, lo que ha sido regulado por la Administración, desde el 1º de Diciembre de 1995, en la Norma Corporativa Nro.18 y su correspondiente procedimiento administrativo.
En consecuencia, Codelco sin la autorización que se señala en la indicada Política y Normativa, y del Directorio cuando así lo requiera
la Ley o los Estatutos de la Corporación, no podrá celebrar actos o contratos en los que uno o más Directores; su Presidente Ejecutivo;
los integrantes de los Comités de Gestión Divisionales; Vicepresidentes;
Auditor Corporativo; Gerentes Generales Divisionales y personal que ejerce cargos de jefatura, incluidos sus cónyuges, hijos y otros parientes hasta el 2º grado de consanguinidad o afinidad,
tengan interés por sí, directamente, ya sean representados por terceros o como representantes de otra persona.
Esta prohibición también incluye a las sociedades en que dichas personas tengan una relación de propiedad o gestión, ya sea en forma
directa o bien a través de la representación de otras personas naturales o jurídicas, como así también a las personas con las que participen en la propiedad o gestión de esas sociedades.
Para efectos de la normativa, se definen como cargos de jefatura a los cargos de segundo y tercer nivel jerárquico en las Divisiones y de Gerentes y Subgerentes en la Casa Matriz.
De acuerdo a la política establecida por el Directorio, y su correspondiente
normativa, deben ser aprobados por éste aquellas operaciones
que afecten a Directores; su Presidente Ejecutivo; Vicepresidentes;
Auditor Corporativo; los integrantes de los Consejos de Administración Divisionales y Gerentes Generales Divisionales.
El Directorio de la Corporación ha tomado conocimiento de las transacciones reguladas por la Norma Corporativa Nro. 18, que de acuerdo a esta norma, le corresponde pronunciarse. Entre estas operaciones destacan las que se indican en el cuadro de transacciones
con entidades relacionadas, por los montos totales que se señalan, las que se deberán ejecutar en los plazos que cada contrato
especifica.
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