Nicolás Majluf Sapag fue designado como Presidente del Directorio, el que tendrá su primera reunión el 1 de marzo próximo. A los nuevos directores les serán aplicables las normas sobre derechos, obligaciones, responsabilidades y prohibiciones establecidas en la Ley de Sociedades Anónimas.
Santiago, 10 de febrero de 2010.- La Ministra de Minería (s) Verónica Baraona informó que la Presidenta Bachelet designó a los nuevos miembros del Directorio de Codelco de acuerdo a lo establecido en el artículo 8 de la Ley 20.392 que modificó su Gobierno Corporativo.
Con excepción de este primer nombramiento, los directores durarán en sus cargos 4 años, aunque pueden ser designados para un nuevo período. La renovación de los integrantes será parcial y escalonada, para dar mayor continuidad a la gestión de la empresa.
Con la nueva Ley se modificó el número de integrantes del Directorio, que aumentó de 7 a 9. Se eliminó la participación de los ministros (Minería y Hacienda) y del representante de las Fuerzas Armadas.
A los directores les serán aplicables las normas sobre derechos, obligaciones, responsabilidades y prohibiciones establecidas en la Ley 18.046 (Ley de Sociedades Anónimas).
Conformación del Directorio
En esa fecha, el Presidente electo, Sebastián Piñera, puede nombrar a sus 3 representantes, quienes durarán hasta el 11 de mayo de 2014. Asimismo, podrán ser removidos antes del fin de su período por el Presidente de la República, si incurren en causal de incompatibilidad o falta grave establecida en la Ley.
La Presidenta Bachelet designó a Nicolás Majluf como Presidente del Directorio de la empresa. En ausencia del Presidente del Directorio, el resto de sus miembros debe elegir a quien lo suceda de entre uno de estos 3 directores.
Para esta primera designación, el representante de la FTC durará hasta el 11 de mayo de 2012 y el de Ansco y Fesuc hasta el 11 de mayo de 2011. Pueden ser removidos antes de este periodo si incurren en alguna causal grave de cesación establecida por la Ley, determinada por la Corte de Apelaciones de Santiago.
Posteriormente, la elección será por pares, a partir de una terna propuesta para cada cargo, también aprobada por 4/5 del Consejo. El Presidente de la República podrá rechazar una vez cada terna, en cuyo caso la no objetada debe tenerse también por rechazada. Para ser removidos antes del término de su periodo tendrían que cometer alguna causal grave de cesación, determinada por la Corte de Apelaciones de Santiago.
Vea CV de los miembros del directorio en Documentos anexos