A fin de dar cumplimiento a las modificaciones introducidas en materia de seguridad y salud en el trabajo, por de la Ley Nº 20.123 sobre el régimen de subcontratación, Codelco ha elaborado un Reglamento Especial Corporativo destinado a reforzar y asegurar el correcto funcionamiento de nuestros Sistemas de Gestión en Seguridad y Salud en el Trabajo en todas nuestras divisiones, faenas y proyectos.
Cabe señalar que la preocupación por las condiciones de seguridad y salud de los trabajadores contratistas tiene ya larga data en la Corporación. Desde septiembre del año 2001, Codelco cuenta con una Política Corporativa de Seguridad y Salud Ocupacional que establece compromisos para proteger la integridad física, la salud y la calidad de vida de todas las personas que puedan verse afectadas por sus operaciones, lo que incluye a los trabajadores contratistas.
La compañía reforzó posteriormente esta línea de acción con la decisión de certificar los Sistemas de Gestión en Seguridad y Salud Ocupacional de todos sus centros de trabajo bajo la Especificación OHSAS 18001.
Lo anterior constituye una base que facilita a Codelco el dar cumplimiento a la nueva normativa en esta materia, que exige a la empresa principal contar con un Reglamento Especial de Higiene y Seguridad para empresas contratistas y subcontratistas.
El objetivo de este Reglamento es facilitar la implementación, operación, mantención y mejora contínua del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo en todas las faenas, divisiones y proyectos de la Corporación, alineado con la Política Corporativa y la certificación OHSAS.
Este Reglamento, que se espera que entre en vigencia el 1º de mayo próximo, contempla un listado de prohibiciones y obligaciones, entre las que destacan la obligación de identificar los peligros y evaluar los riesgos de acuerdo a la metodología corporativa, contar con Planes de Prevención adecuados y suficientes, la verificación mensual de cumplimiento y un procedimiento en caso de infracciones a las normas sobre prevención de riesgos y al propio reglamento.
En su elaboración participaron la Consejería Jurídica Corporativa, la Dirección de Gestión SATEP, la Dirección de Gestión Sustentable para Proyectos, la Subgerencia de Estudios y Procesos de Abastecimiento, y sus similares divisionales.
La empresa, de esta manera, dio un nuevo paso concreto en el cumplimiento del Decálogo Corporativo para la Relación con las Empresas Contratistas y sus trabajadores, donde se incorporaron temas como nivel de remuneraciones, existencia efectiva de sindicato y negociación colectiva, capacitación, calidad de vida, conducta ambiental responsable, seguridad y salud ocupacional.
En este último punto, la empresa manifestó explícitamente, en el punto tres del decálogo, que “la protección de la vida y la salud de todos los trabajadores es un valor fundamental y no transable”.
Agenda de trabajo
A este avance en seguridad laboral, se suma el trabajo conjunto que desarrolla Codelco, las empresas contratistas y los trabajadores contratistas desde 2006, en torno a una agenda divisional y corporativa, ligada a temas de mejoras en sus condiciones de trabajo. Además, antes de que se promulgara la ley 20.123 y con el fin de adecuarse a su cumplimiento, la Corporación inició en agosto del año pasado un proceso de revisión a todos los contratos para detectar aquellos que presentaban problemas respecto a los términos de la nueva legislación.
Dicho proceso, señala Daniel Barría, vicepresidente corporativo de Servicios Compartidos, mostró que en general, los convenios estaban bien estipulados, y que aquellos que presentaban deficiencias requirieron medidas correctivas, que en su mayoría implicaban cambio de conductas, en especial, “de nuestros administradores de contrato”, especificó. En la actualidad, en codelco laboran alrededor de 27 mil trabajadores contratistas. El 80% de dicha dotación se concentra en menos de 100 empresas.